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Área de Convenios

 

La convocatoria que  realiza el Municipio E de Montevideo a las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs)  tiene por objeto, desarrollar una política social de empleo juvenil que apunte a brindar una primera experiencia socio educativa laboral a jóvenes, varones y mujeres,  entre 18 y 29 años de edad, residentes en la ciudad de Montevideo, que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad y riesgo social pertenecientes al territorio del Municipio E, siendo la población la beneficiaria por el producto resultante.

Así, la política social de empleo, apunta a la promoción de un proceso a través del cual, el/la joven incorpore herramientas que colaboren a mejorar su calidad de vida, conceptuando el trabajo como instrumento pedagógico y resocializador constituyendo un ámbito estructurador  que posibilita:

  1. adquirir hábitos de trabajo: responsabilidades, derechos y deberes,
  2. desarrollar, profundizar y mantener los vínculos en las diferentes situaciones de trabajo,
  3. reforzar la identidad,
  4. estimular y desarrollar la integración a las diferentes redes sociales que le sirvan de soporte para su nuevo proyecto de vida.

Además de los principios generales que regulan la contratación se tendrá en cuenta como marco normativo,  lo establecido en el art. 24, num. IX del Decreto N° 33.209 sobre la atribución de realizar convenios con organizaciones e instituciones, para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario en el marco de sus competencias.

El Decreto N° 33.322, art. 1°, num. VIII, establece como competencia la de ejecutar el barrido de calles, plazas y espacios barriales.

La Asociación conveniante deberá realizar el diseño de un programa de capacitación que abarque lo referente al desarrollo de habilidades socio-laborales, de acuerdo a las características del convenio a realizar, así como estrategias para mejorar las condiciones de vida de los/as jóvenes en el convenio.

En dichos casos, serán aplicables los principios de apertura de la selección, igualdad de los oferentes, publicidad y transparencia en las negociaciones.

Este programa tiene un marco donde se define:

  • Las prestaciones de los/as jóvenes.
  • La cobertura de la Seguridad Social
  • La cobertura del Banco de Seguros de Estado
  • La necesidad que la propuesta contenga un Programa Educativo que determinará el logro de los objetivos
  • Costos indirectos de funcionamiento

Podrán  participar todas las ONGs inscriptas en el Registro de la Intendencia de Montevideo (Unidad de Convenios y Secretaría de la Mujer), autorizado por Resolución 13.754/93,  referida a la definición de una política socio-educativa-laboral de empleo juvenil.

Según dicha Resolución estas ONGs. deberán:

  • Contar con  jóvenes cuyas edades  estén comprendidas entre 18 y 29 años de edad que cumplan con las condiciones especificas de la presente convocatoria y que no hayan participado en otra experiencia de estas características con la Intendencia o el Municipio como titulares.
     
  • Contar con una propuesta que explicite el proyecto educativo de la ONG, elaborada especialmente para esta convocatoria y fundamentalmente la articulación entre el proyecto educativo  y la experiencia laboral en  el marco del convenio.
     
  • Realizar  un planteo pedagógico a través del cual se potencie un pensamiento crítico desde el sentir, pensar y hacer como seres independientes, responsables por sus propias opciones.
     
  • Conceptuar el trabajo como herramienta constructiva, mediante un acompañamiento en la experiencia laboral que habilite la incorporación de hábitos de trabajo respetando los procesos personales y grupales.
     
  • Atender los aspectos relativos a la equidad e igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, respetando la diversidad en concordancia con el  2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre mujeres y varones.
     
  • Contar con una Agenda Pedagógica donde se establezca:
  1. Distribución de las actividades, talleres, incluyendo los obligatorios.
  2. Presentar el cronograma de las actividades anuales con su carga horaria correspondiente.
  3. Contar con una persona referente (coordinador/a general) de la ONG que asuma su representación frente al Municipio y a los/as referentes municipales en el ámbito local.
  4. Contar con un equipo técnico  que lleve a cabo el proyecto pedagógico y la experiencia laboral..

Los convenios que actualmente están en funcionamiento en el territorio del Municipio E son:

 

  • CCZ Nº 6

ONG: Casa de la Mujer.
Tareas: Limpieza e Higiene Ambiental de locales.

ONG: Centro de Participación Popular.
Tareas: Mantenimiento y Enjardinado de las áreas verdes de ambas márgenes del arroyo Malvín entre Isla de Gaspar y Av. Italia
 

  • CCZ Nº 8

ONG: Juventud para Cristo.
Tareas: Limpieza e Higiene Ambiental de locales.

ONG: Vida y Educación.
Tareas: Mantenimiento de áreas verdes y barrido en Carrasco Norte y Sur

El total de jóvenes empleados actualmente es de 47.

En el mes de julio comienza el barrido manual de calles en las zonas del CCZ Nº 6 y del CCZ Nº 8, empleando a un total de 35 jóvenes de ambos sexos.

 

Psic. Soc. Stella Lancellotti